Desafíos Actuales en el Procedimiento Monitorio y Ejecutivo en Ecuador

En el ejercicio profesional en Ecuador, la recuperación de cartera mediante títulos ejecutivos (letras de cambio, pagarés y facturas) sigue siendo uno de los pilares del litigio civil. Sin embargo, la transición hacia la oralidad y las recientes interpretaciones de la Corte Nacional de Justicia han modificado la estrategia que un abogado debe seguir.

  1. La Solemnidad del Título
    El error más común sigue siendo la falta de rigurosidad en los requisitos del Art. 113 del Código de Comercio. Una letra de cambio con la denominación incorrecta o un pagaré donde no se especifique la promesa incondicional de pago, pierde su fuerza ejecutiva, obligando al abogado a reconducir la vía hacia un procedimiento ordinario, mucho más lento y costoso.
  2. La Factura como Título Ejecutivo
    Desde la implementación de la facturación electrónica obligatoria, el manejo de la Ley de Comercio Electrónico es vital. La factura comercial negociable debe cumplir con la aceptación (expresa o tácita) para ser considerada un título ejecutivo.

Plazo: Se debe vigilar el vencimiento para evitar la prescripción de la acción ejecutiva (generalmente 3 años para letras y pagarés).

  1. Excepciones Taxativas
    Es fundamental recordar que en el Procedimiento Ejecutivo (Art. 347 COGEP), las excepciones están limitadas. No se puede discutir la causa de la obligación con la misma amplitud que en un juicio ordinario; el debate debe centrarse en la validez del título, la extinción de la deuda o la falta de personería.

Nota para el colega: La celeridad del proceso depende de una demanda impecable desde el inicio. El auto de pago es nuestra mayor herramienta de presión, pero solo si el título no presenta vicios que el juzgador pueda declarar de oficio.

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